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Declaración anual 2026: quién debe presentarla, plazos y errores que generan multas

Foto del escritor: Carlos Gongora
Carlos Gongora
hace 1 día
3 min de lectura

Cada abril aparece la misma duda: ¿a mí me toca declarar? Y cada abril también aparece el mismo error: asumir que, si no tuviste ingresos o si ya te retuvieron, no pasa nada. Aquí te explico quién debe presentar la declaración anual 2026, cuándo, y qué errores pueden terminar en una multa.

¿Qué es la declaración anual 2026?

Es la declaración del ejercicio 2026 que las personas físicas presentan en abril de 2026. En ella se suman los ingresos de todo el año, se restan las deducciones permitidas y se compara el resultado contra lo que ya pagaste o te retuvieron durante el año. De ahí sale un impuesto a cargo o un saldo a favor.

¿Quién debe presentarla?

La regla general está en el artículo 150 de la Ley del ISR. Si solo tuviste sueldos, estás obligado a presentarla en estos casos:

●       Tus ingresos por sueldos y salarios fueron mayores a 400,000 pesos en el año.

●       Tuviste dos o más patrones al mismo tiempo.

●       Dejaste de trabajar antes del 31 de diciembre y no volviste a tener patrón.

●       Tus ingresos vinieron del extranjero o de quien no está obligado a retenerte el impuesto.

Además, debes declarar si tuviste ingresos por honorarios o actividad empresarial, arrendamiento, intereses o dividendos, enajenación de bienes o ingresos por plataformas digitales, aunque tus ingresos hayan sido bajos. Si tuviste un solo patrón y ganaste menos de 400,000 pesos, normalmente no estás obligado, pero puedes presentarla de forma voluntaria si quieres pedir un saldo a favor.

Ojo: esta es la regla general. Si tu caso mezcla varios ingresos, revisa el artículo completo o consúltalo con tu contador antes de decidir que no te toca.

Plazos

Las personas físicas presentan la declaración anual durante el mes de abril del año siguiente al ejercicio. Para el ejercicio 2026, el plazo va del 1 al 30 de abril de 2027. Presentarla dentro del plazo evita multas por extemporaneidad y recargos. Si te sale impuesto a cargo, puedes pagarlo en parcialidades, y si tienes saldo a favor, el SAT puede pedirte e.firma y una cuenta bancaria a tu nombre para depositarlo.

Errores que pueden generar multas o problemas

1. No presentarla estando obligado. El Código Fiscal de la Federación (artículos 81, fracción I, y 82, fracción I) prevé multa por cada obligación de presentar declaraciones que omitas. El SAT puede requerirte varias veces, y pagar la multa no te libera de presentar la declaración.

2. Presentarla fuera de plazo. Si te sale impuesto a cargo y lo pagas tarde, se suman actualización y recargos, y presentarla después de un requerimiento del SAT puede traerte consecuencias distintas a presentarla por tu cuenta.

3. Omitir ingresos. Muchas personas declaran solo su sueldo y olvidan la renta, los intereses, los dividendos o lo que cobraron por una plataforma. El SAT recibe información de terceros, así que lo omitido se puede detectar.

4. Deducir lo que no es deducible. Los gastos médicos pagados en efectivo no se deducen. El comprobante debe estar a tu nombre o al de las personas que la ley permite, y tener el uso correcto. Además, el total de deducciones personales tiene un límite: cinco UMA anuales o el 15% de tus ingresos totales, lo que sea menor.

5. Pedir un saldo a favor con datos incorrectos. Si registras una cuenta que no está a tu nombre, o si tus ingresos y deducciones no coinciden con lo que el SAT tiene registrado, tu devolución puede rechazarse o revisarse.

Si deduces algo que no procede, el SAT puede determinar un impuesto omitido y cobrarte multa, actualización y recargos sobre esa diferencia.

Qué hacer antes de abril de 2027

●       Revisa en el portal del SAT que tus ingresos y los CFDI de nómina, honorarios o plataformas coincidan con lo que tienes.

●       Junta tus comprobantes de deducciones personales y verifica que estén pagados por un medio permitido.

●       Confirma que tu e.firma y tu contraseña estén vigentes.

●       Si dudas de si estás obligado, consúltalo antes de que termine el plazo.

Recomendación

No esperes al último día. Si presentas con calma, puedes corregir errores, reunir tus comprobantes y evitar multas que se pueden evitar. Y si tuviste más de un tipo de ingreso, hazlo con apoyo de tu contador.

 
 
 

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